La Asociación tiene como fines aglutinar y defender los intereses, necesidades de todo tipo, asistenciales, económicas y/o personales, y las actividades de los afectados por las Intolerancias Alimentarias y Microbiota, dolencias reconocidas por la Organización Mundial de la Salud.
Para el logro de estos fines, la Asociación perseguirá los siguientes Objetivos y Líneas de Actuación:
1. Entre los afectados y familiares.
2. Ante la opinión pública, a través de los Medios de Comunicación.
3. En las Administraciones de Sanidad (Estatal y CCAA), Colegios de Médicos, Universidades, etc.
4. Entre los profesionales de la Sanidad, Farmacia y Laboratorios Clínicos.
5. En las empresas de alimentación y farmacéuticas, de cara a la información y elaboración de los productos.
6. Promover su conocimiento tanto a nivel nacional como internacional, pudiendo establecer mecanismos de colaboración con otras personas, asociaciones, federaciones o entidades, nacionales o extranjeras.
1. Detección de Hospitales y Especialistas de referencia. En España y en el mundo.
2. Captación fondos / subvenciones públicas (estatales o autonómicas) o privadas para el estudio de las enfermedades.
3. Fomentar la investigación de las enfermedades, el descubrimiento de fármacos para su tratamiento o el desarrollo de los existentes.
1. Identificación de listas básicas de alimentos: prohibidos, tolerados y admitidos. Para ello se contactará con la industria alimentaria, suplementos alimenticios y con profesionales de prestigio que pudieran ser de nuestro interés.
2. Identificación de medicamentos y suplementos alimenticios recomendados y clasificados según las patologías. Para ello, se contactará con empresas y/o fabricantes de productos farmacéuticos, suplementos alimenticios y productos de higiene.
1. Promover el conocimiento de la existencia de la Asociación, sus fines y actividades, con el objetivo de atraer recursos económicos que permitan el cumplimiento de los fines de la Asociación, así como para el fomento del conocimiento, desarrollo de programas y demás actividades relacionadas con las enfermedades, siempre sin ánimo de lucro.
2. Para el desarrollo de estas actividades y para el cumplimiento de sus fines, la Asociación podrá adquirir bienes muebles e inmuebles, constituir y otorgar garantías, y desarrollar actividades económicas, sin que en ningún caso los beneficios o recursos obtenidos puedan destinarse a su reparto entre los asociados ni sus familiares o personas especialmente relacionadas con los mismos, debiendo destinarse exclusivamente al cumplimiento de los fines de la Asociación.